Nombre Comercial: FINNCO
Nombre Fiscal: Financiación de Confianza S.L.
NIF B66864380
Actividad principal de la empresa: Intermediación dependiente en la concesión de préstamos y créditos, actuando como informador sin ofrecer servicios de asesoramiento.
Página web corporativa: www.finnco.es
Domicilio social: C/Gaudi no8, Despacho 4o, 08221 Terrassa
Entidad Aseguradora: Lloyd’s insurance company s.a
Nº Póliza: BNE202000051
Importe: 460.000€
Registro estatal de intermediarios financieros independiente nº 705/2017
NUESTRAS NORMAS DE TRANSPARENCIA
A través de este documento Finnco informa a sus clientes de sus normas de transparencia en relación con la contratación de nuestros servicios de intermediación financiera. Existirán ocasiones en las que sólo se ofrecerá un servicio de mediación para la contratación de un crédito hipotecario. En estos casos siempre se informará a nuestro cliente verificando que la entidad que ofrece el crédito esté adherida al Código Europeo de Conducta.
LOS DERECHOS DE NUESTROS CLIENTES
Los clientes de Finnco disponen de los siguientes derechos:
Disponer de una copia del contrato realizado con el Intermediario financiero.
Acceso a las hojas informativas de nuestras tarifas, a plena disposición de nuestros clientes.
Obtener la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE) siempre que contrate un crédito o préstamo hipotecario con nosotros como intermediarios. Estar informados debidamente de las condiciones generales que se establezcan en la contratación.
Estar debidamente informados de nuestras normas de transparencia estipuladas en este documento.
Estar correctamente informados sobre si nosotros, como intermediarios, intervenimos en la operación con vinculación contractual que suponga afección con alguna entidad de crédito.
Deben recibir, previamente a la realización y formalización del contrato, nuestros honorarios, tarifas, gastos y suplidos que puedan derivarse.
Recibir información por nuestra parte sobre todos los servicios contratados con nosotros, ya sean de mediación, de asesoramiento, etc.
FINANCIACION DE CONFIANZA S.L. debe disponer de un seguro de responsabilidad civil profesional o aval bancario para hacer frente a las responsabilidades que pudieran surgir por negligencia profesional en el ámbito territorial en el que ofrezca sus servicios. Actualmente tiene contratada con la compañía Lloyd’s insurance company s.a. la póliza no BNE20200051 que cubre hasta 460.000.-€
Disponer del importe del precio total a liquidar por los servicios contratados, incluyendo todas las comisiones y gastos que puedan derivarse.
En la página web www.finnco.es el cliente tiene a su disposición el procedimiento de resolución de quejas y reclamaciones seguido por FINNCO, para aquellos conflictos que pudieren producirse en la contratación del servicio de intermediación ofrecido por la misma.
El contrato de intermediación financiera a suscribir con Finnco se formalizará en la lengua que los clientes elijan: catalán y/o castellano.
Toda la documentación contractual será entregada a los clientes en el idioma acordado en la propuesta de contratación para su total comprensión.
Los clientes podrán desistir el contrato de intermediación formalizado con Financiacion de confianza s.l. en los catorce días naturales posteriores a la firma del mismo, sin necesidad de justificación y sin aplicar ninguna penalización, remitiendo a Finnco el correspondiente requerimiento de autenticidad, dentro del plazo establecido, a través de nuestro e-mail hola@finnco.es o a nuestra dirección postal c/Gaudi no8 despacho4 08221 de Terrassa.
El cliente tiene derecho a solicitar ofertas asociadas.
PROTEGEMOS A NUESTROS CLIENTES
Protegen y amparan a nuestros clientes las siguientes leyes u organismos legales:
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, mediante el cual se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Decreto 206/1990, de 30 de julio, sobre la inspección de disciplina de mercado y consumo.
Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
Ley 29/2009, de 30 de septiembre, a través de la cual se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad por la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.
Ley 7/1998, de 13 de abril, acerca de las condiciones generales de la contratación.
Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de Consumo de Catalunya.
Ley 2/2009, de 31 de marzo, que regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de Servicios de intermediación para la realización de contratos de préstamos o créditos.
Real Decreto 106/2011, de 28 de enero, por la cual se crea y regula el Registro estatal de empresas previsto en la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación de los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de Servicios de intermediación para la realización de contratos de préstamos o créditos, y se establece el importe fijo mínimo correspondiente al seguro de responsabilidad o aval bancario para el ejercicio de estas actividades.
Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y se adoptan otras medidas en materia.
Ley de 23 de julio de 1908, de la usura, en referencia a los contratos de préstamo.
Código de Conducta Europeo sobre información precontractual para créditos a vivienda.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)
Cualesquiera otras Leyes autonómicas de protección de los consumidores y usuarios.
NUESTROS HONORARIOS Y TARIFAS
Financiación para operaciones de compraventa de inmuebles: Honorarios máximos del 1 al 10% del capital concedido con un mínimo de 4.800,00.-€.
Consolidación de deuda: Honorarios máximos del 1 al 10% del capital concedido con un mínimo de 6.000,00.-€.
Mediación en la obtención de préstamos al consumo: Honorarios máximos del 30% del capital obtenido.
Obtención de financiación para inversiones empresariales: Honorarios máximos del 1 al 10% del capital concedido con un mínimo de 6.000,00.-€.
Los honorarios por intermediación se liquidarán cuando se efectúe el cierre del servicio contratado.
GASTOS Y SUPLIDOS DERIVADOS DE LA CONTRATACIÓN DE NUESTROS SERVICIOS
Nota simple: 35€.
Tasación de inmuebles: Entre 300€ y 1.000€ en base al importe de la tasación realizada.
Preparación de expedientes de crédito: 50€.
Realización de estudios de viabilidad mediante la información obtenida por parte del cliente: Máximo 1.000€.
Acceso y comprobación en registros de morosidad: 100€.
Todos los gastos serán pagados mediante presupuesto previamente aceptado y formalizado por ambas partes, independientemente del resultado de la percepción de la financiación solicitada.
En Finnco estamos registrados en Banco de España con el código nº D127 y en Registro Estatal de Intermediarios Financieros Independientes nº705/2017.
En Finnco estamos adheridos al Sistema Arbitral de la Agencia Catalana de Consum nº7781 y pertenecemos a la Asociación de Asesores de Inversión y Financiación y Péritos Judiciales (AIF) nº1715.